Nuevo León a 04 de marzo de 2026.- El Congreso de la Unión aprobó la Ley Valeria, una reforma histórica que tipifica el acecho como delito dentro del Código Penal Federal, estableciendo sanciones que van de uno a cuatro años de prisión y multas de hasta 400 días de salario, dependiendo de la gravedad del caso. La medida, aprobada por unanimidad el 18 de febrero de 2026, entrará en vigor una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación.
La iniciativa, promovida por la diputada federal Iraís Reyes, busca cerrar el vacío legal que durante años impidió castigar el hostigamiento persistente hacia una persona. La ley considera acecho cualquier acto de vigilancia, seguimiento o acoso reiterado, sin consentimiento, que cause temor o afecte la libertad y seguridad de la víctima.
Además, la reforma contempla agravantes cuando las víctimas sean menores de edad, personas mayores o en situación de vulnerabilidad, y reconoce que el acecho puede cometerse tanto de forma presencial como a través de medios electrónicos —incluyendo mensajes, llamadas, redes sociales o correos electrónicos—, ampliando así su alcance a los entornos digitales.
El nombre de la ley rinde homenaje a Valeria Macías, maestra y promotora cultural de Nuevo León, quien durante cinco años fue víctima de acoso constante sin que las autoridades pudieran intervenir, al no existir un marco jurídico aplicable. Su caso impulsó la creación de esta legislación, que busca prevenir la violencia psicológica y de género, y frenar posibles escenarios de feminicidio.
Con esta reforma, México homologa la tipificación del acecho a nivel nacional, sumándose a los avances logrados en entidades como Coahuila, Guanajuato, Oaxaca y Estado de México. La Ley Valeria representa un paso firme hacia la protección integral de las víctimas, al tiempo que envía un mensaje claro de tolerancia cero contra el acoso y la violencia en todas sus formas.












































